RD: Chupadera elecciones 2008


RD: Ley Electoral 275-97. Esta Ley en su artículo 109 establece que “Desde 24 horas antes de la elección, no podrá expenderse ni distribuirse a ningún titulo bebidas alcohólica, hasta tres horas después de terminada la votación”. la gente no le para a esa ley y siguen chupando.
Abernadel

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